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DERECHOS DE ASEO

Camión de basura
 
El cobro del Derecho de Aseo está regulado a través de la Ordenanza Local aprobada por Decreto Alcaldicio Nº 357 del 17 de julio de 1997, originada de acuerdo a la disposición de los artículos 6º al 9º del DL. 3063 de 1979.

La Municipalidad de Placilla ha procedido a recaudar en forma directa el cobro por derecho de aseo prestado en el sector urbano, mediante boletines de pago que se emiten al momento de la cancelación por parte del usuario, durante los meses de abril, junio, septiembre y noviembre de cada año, lo cual comenzó a ejecutarse en el año 2002.

De acuerdo a las disposiciones establecidas en el artículo 9º de la respectiva Ordenanza Local, los usuarios pagan este servicio de aseo según su situación socioeconómica, para lo cual el Departamento Social determina el porcentaje que le corresponde en razón de la Ficha de Protección Social, los tramos son:

Los usuarios cuya propiedad tenga un avalúo fiscal igual o inferior a 25 UTM, quedan automáticamente exentos de pago; las propiedades que superen este avalúo pueden acogerse a alguna exención que les determine el Departamento Social, según los siguientes tramos:

• de 0 a 550 puntos cancelan el 50% del valor del servicio de aseo.
• de 551 a 600 puntos cancelan el 75% del valor del servicio de aseo.
• de 601 y más cancelan el 100% que cuesta el servicio de aseo.


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